FAQ - Preguntas frecuentes

  • ¿Qué requisitos debo cumplir para poder realizar prácticas curriculares?

Para la realización de las prácticas curriculares, será necesario tener aprobado los dos primeros cursos del Grado y, además, 30 créditos ECTS extra en cursos posteriores. Tampoco es posible realizar varias veces Prácticas Curriculares en el mismo Grado.

 

  • ¿Cuáles son las diferencias entre prácticas curriculares y extracurriculares?
  1. Prácticas curriculares. Se configuran como una asignatura, que podrá tener el carácter de obligatoria u optativa, integrada en el plan de estudios y siendo, por tanto, evaluable y parte del expediente del estudiante.
  2. Prácticas extracurriculares. Son aquellas que los estudiantes pueden realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación. No forman parte del Plan de Estudios y serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título (SET). Son gestionadas por la Oficina de Prácticas y Empleo (OPE), en colaboración con los centros. 

 

  • ¿Cuántas horas totales de prácticas puedo realizar?

La suma de las horas dedicadas a prácticas curriculares y extracurriculares no podrá ser superior a las 900 horas por curso académico. Asimismo, las prácticas en una misma entidad no podrán exceder las 900 horas a lo largo de toda la titulación.

 

  • ¿Cuál es la remuneración que debo recibir por la realización de prácticas?

Debido a los cambios en la legislación vigente, la remuneración mínima depende del tipo de prácticas:

  1. Prácticas curriculares: Por norma general, no se admitirán prácticas en entidades privadas sin remuneración mensual. En el caso de entidades públicas, o de prácticas de singular interés que puedan justificarse por un motivo estratégico, sí podrá permitirse la realización sin remuneración previo visto bueno de la Comisión de Prácticas Curriculares.
  2. Prácticas extracurriculares: No se permiten prácticas extracurriculares sin remuneración bajo ningún concepto.

Como orientación, en el sector, por unas prácticas de 25 horas mensuales se proporciona una ayuda de entorno a 700€ mensuales.

 

  •  ¿Cuál es el proceso para realizar prácticas curriculares?

En la web de inscripción tienes descrito en detalle el proceso que has de realizar. En resumen, los pasos más importantes son los siguientes:

  1. Deberás haber sido aceptado por una empresa, y haber acordado las condiciones de realización de las prácticas.
  2. Deberás solicitar a tu tutor/a de la empresa que cumplimente y firme el Documento de Solicitud de Prácticas Curriculares.
  3. En caso de no estar matriculado en la asignatura de Prácticas Curriculares, deberás cumplimentar el Documento de Solicitud de Cambio de Matrícula.
  4. Tanto tú, como tu tutor/a de prácticas curriculares y la oferta de prácticas deben estar inscritos en la plataforma GIPE. En caso de que el estudiante no tenga acceso a la plataforma GIPE, contactar con la Oficina de Prácticas a través del correo electrónico practicasmat@ucm.es.
  5. Debes cumplimentar el formulario de solicitud de prácticas curriculares, en el que vuelcas toda esta información, con mínimo 20 días de adelanto del inicio de las prácticas.
  6. Una vez que la práctica haya sido aprobada, durante la primera semana de prácticas deberás remitir los correspondientes Anexos de Prácticas a la Oficina de Prácticas Curriculares de la Facultad de Matemáticas (practicasmat@ucm.es).

 

  • ¿Cómo me inscribo en GIPE?

Estos son los pasos que debes seguir:

Si tienes alguna duda, a la derecha en el botón Ayuda tienes un manual con toda la información que necesitas.

 

  • ¿A qué órgano administrativo debo entregarle el anexo curricular de prácticas externas? ¿Y el anexo extracurricular?

Ambos anexos se deben entregar por correo electrónico a la Oficina de Prácticas Curriculares de la Facultad de Matemáticas (practicasmat@ucm.es), a lo sumo una semana después del inicio de las prácticas. El no cumplimiento de este requisito significará la cancelación de las prácticas curriculares.

 

  • No tengo firma digital, ¿cómo firmo el anexo que recibo por la plataforma Portafirma?

Para los estudiantes, no es necesaria firma digital para firmar los anexos en la plataforma. Los estudiantes pueden acceder con su identidad de la UCM a portafirma y firmar con esa ella. Para acceder con esta identidad, el usuario será el usuario de correo electrónico UCM sin el "@ucm.es" y la contraseña es la usual del correo electrónico.

 

  • ¿Es necesario cumplimentar todos los campos del formulario de solicitud de prácticas curriculares?

Sí, es responsabilidad del alumno/a obtener todos los datos solicitados. Para algunos datos (como el número de oferta en GIPE), deberás contactar con la empresa en la que vas a realizar las prácticas.

 

  • ¿Debo encargarme yo de buscar la oferta de prácticas curriculares?

Sí, es responsabilidad del estudiante buscar la oferta de prácticas y acordar con las empresas las condiciones laborales. La Facultad solo gestiona la tramitación de estas prácticas como prácticas curriculares. Puedes ayudarte en tu búsqueda, entre otros, con el portal de empleo ÍCARO - UCM.

En la plataforma GIPE también existen empresas que ofertan plazas de prácticas con condiciones cerradas a las que los estudiantes pueden postular.

 

  • ¿Puedo realizar las prácticas curriculares o extracurriculares después de presentar el TFG?
  1. Curriculares: No es posible, ya que el TFG cierra el expediente académico del alumno y las prácticas tienen que realizarse antes.
  2. Extracurriculares: los alumnos pueden hacer prácticas aún habiendo entregado el TFG ya que están matriculados en el curso corriente y les cubre el seguro escolar de ese curso.

 

  • Información sobre Prácticas Extracurriculares.

La gestión de las prácticas extracurriculares está externalizada en la Oficina de Prácticas y Empleo (opepracticas@ucm.es), por lo que deberás contactar con ellos para tramitar este tipo de prácticas y consultar las condiciones necesarias para su realización. Las prácticas extracurriculares deben tener una duración mínima de 200 horas y máxima de 900.  Tienes toda la información sobre procedimientos y requisitos en este enlace https://www.ucm.es/ope/informacion-para-estudiantes.

Si recibes por parte de una empresa una oferta de prácticas, recuerda que para que la OPE tramite unas prácticas extracurriculares, la empresa debe firmar, o tener activo, un Convenio de Cooperación Educativa con la UCM y grabar después una oferta en GIPE UCM en la que proponga al candidato (es decir, que la oferta se haga a tu nombre). Una vez grabada la oferta, si se adecua a la norma, elaboraremos la credencial y se la enviaremos a la empresa para que firmes antes de tu incorporación. Sin esa credencial no es posible que el estudiante empiece las prácticas. Recuerda que tienes que estar matriculado en estudios oficiales en el curso en el que vas a hacer las prácticas, y estar dado de alta en GIPE UCM.

Importante: Debido a los cambios en regulación vigente, todas las prácticas extracurriculares deberán ser remuneradas con una ayuda al estudio.

 

  • ¿Se pueden convalidar las prácticas extracurriculares?

Una vez terminada la práctica extracurricular, y habiendo cumplimentado los instrumentos de seguimiento de la misma, el estudiante podrá solicitar desde la Aplicación de Gestión Integral de Prácticas Externas (GIPE), un certificado de la realización de su práctica, que deberá entregar en su Secretaría de Alumnos para matricular los créditos correspondientes (Reconocimiento de créditos). En caso de dudas, contactar con la Oficina de Prácticas y Empleo en opepracticas@ucm.es.

 

  • Si excedo las horas de mi período curricular, ¿Qué debo hacer?

Si excedes el número de horas de tu plan de estudios puedes continuar las prácticas como prácticas extracurriculares. Las prácticas extracurriculares son íntegramente gestionadas por la OPE (Oficina de Prácticas y Empleo) y puedes contactar con ellos en opepracticas@ucm.es.

 

  • ¿Puedo hacer prácticas si no existe convenio con la UCM?

Las prácticas se realizarán en el marco de un convenio de Cooperación Universitaria para el desarrollo de las Prácticas Curriculares entre la Universidad y la Empresa o Institución. Por ello, la firma de dicho convenio será condición imprescindible para el desarrollo de las prácticas. Si el convenio no está activo actualmente, la entidad que ofrece las prácticas deberá contactar con la Oficina de Convenios (opepracticas3@ucm.es) para tramitar su firma.

Cabe mencionar que la firma de dicho convenio no implica relación de carácter contractual ni laboral entre la Empresa o Institución y los alumnos participantes.

 

  • ¿Puedo proponer empresas de prácticas?

El alumno puede encargarse de buscar la Empresa o Institución en la que realizará la práctica, así como de concretar el tipo de actividad a realizar. El procedimiento que debe seguir la empresa es el siguiente:

  1. Inscripción en GIPE como empresa.
  2. Creación de entidad en GIPE.
  3. Apertura de convenio
  4. Oferta de prácticas
  5. Asignación del candidato propuesto

De ningún modo puede empezar el alumno la práctica, sin los anexos del estudiante, sin estar matriculado en prácticas curriculares y regulado en GIPE, para beneficio y protección del alumno.

 

  • ¿Cuál es el plazo de entrega de la memoria final de prácticas curriculares?

15 días máximo después de la fecha de finalización del periodo de prácticas curriculares.

 

  • ¿Cuál es la extensión de la memoria final de prácticas curriculares?

Para el formato de la memoria a presentar el alumno deberá tener en cuenta los siguientes puntos:

- La extensión del informe estará comprendido entre 15 y 50 páginas.

-  Tipo de letra: Times New Roman 12

- Interlineado: 1.5.

- Debe subir la memoria al portal GIPE

 

  • ¿Existe alguna guía de prácticas con información sobre la memoria?

El la página web dedicada a la memoria de prácticas encontrarás toda la información necesaria para elaborar la memoria. Se recuerda que deberás enviar un borrador a tu tutor/a académico una semana antes de finalizar las prácticas, y que la entrega definitiva por GIPE puede hacerse hasta 15 días después de finalizar las prácticas curriculares.

 

  • Si soy estudiante de prácticas extracurriculares, ¿es necesario que entregue una memoria de prácticas?

No, la redacción de la memoria de prácticas solo es un requisito para los alumnos/as de prácticas curriculares. No obstante, tú y tu tutor/a de la entidad deberéis cumplimentar unos formularios de satisfacción disponibles en GIPE.

 

  • ¿Puedo realizar reconocimiento de créditos por prácticas extracurriculares?

El Art. 4 del Reglamento de Reconocimiento de Créditos de la UCM reconoce las prácticas externas extracurriculares como una actividad por la que se puede solicitar reconocimiento de créditos (con un máximo de 6 ECTS).

El Art. 10 dice " Podrán solicitarse créditos por la realización de prácticas académicas externas de carácter extracurricular, en el caso de que no se hayan realizado prácticas académicas externas curriculares que formen parte del plan de estudios o que se hayan realizado prácticas curriculares de 6 créditos ECTS o menos. La práctica extracurricular deberá haber estado gestionada por la Oficina de Prácticas y Empleo de la UCM" Circunstancia que comprobará la Secretaría del Centro, una vez presentada la solicitud y la documentación (Certificado ECTS que se expide desde la OPE y que el alumnado puede descargar de su perfil si se cumplen las condiciones establecidas) por parte del alumnado.

Por otra parte, el Art. 3 establece algunas limitaciones.

  1. El reconocimiento de créditos a los estudiantes, por la realización de las actividades reguladas en este Reglamento, será con cargo a los créditos optativos de su titulación, o como aparezca detallado en la Memoria Verificada en su caso. 
  2. El reconocimiento académico por estas actividades será, al menos de 6 créditos y hasta un máximo de 9 sobre el total del plan de estudios, por la participación en las mencionadas actividades. 
  3. En planes de estudios previos a la entrada en vigor de este reglamento se respetarán los términos fijados en la Memoria Verificada. 
  4. Si los estudiantes obtuvieran un reconocimiento superior al número de créditos establecido por este concepto en su plan de estudios, éstos podrán reflejarse suplementariamente en su expediente siempre que el estudiante lo solicite.  

 

  • ¿Puedo hacer prácticas en la misma empresa en la que tengo contrato?

Con carácter general no se aceptarán ofertas de prácticas en la que el estudiante mantenga una relación laboral con la entidad colaboradora, salvo que el tutor de la entidad deje constancia, por escrito, que las prácticas se realizan en un área o departamento distinto, y por tanto, conllevan la realización de funciones distintas a las de su puesto de trabajo habitual (artículo 6. Reglamento de Prácticas Externas de la UCM).

 

  • ¿Qué solicitud debo rellenar para que mi tutor académico me evalúe?

No tienes que rellenar ninguna solicitud. A través del portal GIPE, el tutor cumplimentará un informe para la evaluación final del alumno.

 

  • ¿De cuanto tiempo dispone mi empresa para entregar el informe de evaluación? ¿Y mi tutor académico?

La empresa dispone de una semana desde la finalización de las prácticas para entregar el informe de evaluación. El tutor académico dispone de 22 días desde la finalización de las prácticas para entregar el informe de evaluación.

 

  • ¿Para que sirve el control tutor-alumno?

Sirve para dar el visto bueno de que has tenido una reunión con tu tutor/a académico y que te está realizando el seguimiento. Lo tienes que devolver firmado, por ambas partes, a la Oficina de Prácticas.

 

  • ¿Cómo sabe la empresa que estoy inscrito en GIPE?

Una vez que hayas seleccionado las prácticas (“Solicitar prácticas”) a las que quieres postular, las empresas tendrán acceso a tus datos para participar en el proceso de selección.

 

  • ¿Qué pasos debe realizar la empresa para inscribirse en GIPE?

 En los siguientes links tienes la información necesaria: acceso para la empresa a GIPE y manual de uso.

 

  • En el caso de que la empresa no tenga convenio con la UCM, ¿cómo se puede abrir el convenio?

 Actualmente, la firma de convenios está centralizada en la OPE. Para solicitar que se inicie el proceso, escribe a opeinfo@ucm.es o contacta con la Oficina de Prácticas en practicasmat@ucm.es.

 

  • ¿Cómo puedo postularme en las ofertas publicadas por las empresas?

 En el manual de GIPE para alumnos tienes la información necesaria. El acceso a GIPE es este.

 

  • En el caso de que existan procesos de selección, ¿es necesario subir mis documentos a GIPE?

 En el manual de GIPE para alumnos tienes la información necesaria. El acceso a GIPE es este.

 

  • Si no encuentro una empresa para hacer mis prácticas curriculares, ¿me devuelven el importe de la matrícula de prácticas?

En el caso de que no pudieras hacer las prácticas curriculares, siempre y cuando seas un alumno de Grado o Doble Grado, se te permitiría cambiar a una optativa de segundo cuatrimestre (con los mismos créditos) para que la pudieras cursar en vez de las prácticas curriculares.

No obstante, el estudiantes no está obligado a matricularse en la asignatura de prácticas excepto si ha solicitado Beca MEC, que les obliga a tener matriculados 60 ECTS. En ese caso, puedes optar por matricularte en la asignatura de prácticas curriculares cuando seas aceptado en una oferta, en cuyo caso deberás adjuntar el documento de solicitud de modificación de matrícula mediante el formulario de inscripción en prácticas curriculares.

 

  • Durante el periodo de prácticas, ¿qué vacaciones y días festivos tengo?

Durante el periodo de prácticas, el alumno se rige por el calendario laboral de la empresa en la que está realizando dichas prácticas.

 

  • Reconocimiento de créditos por experiencia laboral

En caso de tener experiencia laboral previa en sectores relacionados con los estudios cursados, será posible solicitar un reconocimiento de créditos. Para solicitar este reconocimiento de créditos por experiencia laboral, el alumno/a debe enviar, por registro, a la atención de la Secretaría de Alumnos y del Vicedecano de Relaciones Internacionales e Institucionales la siguiente documentación:

  • Solicitud cumplimentada.
  • Vida laboral.
  • Informe de la empresa detallando las actividades realizadas.
  • Informe del estudiante donde relacione las actividades realizadas en la empresa con las asignaturas cursadas y competencias de la titulación. Extensión mínima del informe 3 páginas.

Una vez recibida la documentación y estudiada por la Comisión de Transferencia y Reconocimiento de Créditos, se le comunicará al alumno/a la resolución y los trámites a realizar.

 

  • Becas de Formación Práctica y de Becas de Formación Práctica Especializada UCM

Los estudiantes que disfrutan de Becas de Formación Práctica y de Becas de Formación Práctica Especializada UCM podrán solicitar que su beca se considere como práctica curricular. La solicitud deberá hacerse antes del inicio del periodo de la beca, que deberá contar con el visto bueno del Responsable de prácticas del centro o del Coordinador de prácticas de su titulación. La práctica debe responder a los fines y las tareas  relacionadas con las competencias asignadas a la asignatura de prácticas de su titulación.

 

  • Sobre la relación contractual del estudiante con la empresa

Se procurará que el estudiante no realice prácticas en una entidad colaboradora cuya titularidad o cargos directivos guarden parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado. Estas situaciones deberán ser informadas al Vicedecano de Relaciones Internacionales e Institucionales, que evaluará la situación para analizar si resulta oportuno para el correcto desarrollo del programa formativo.

 

  • ¿Es compatible realizar prácticas curriculares y convalidar 6 ECTS por actividades formativas?

Sí, es posible, puesto que los 6 ECTS pueden figurar a parte de las prácticas curriculares. Para más información, consultar en la página web de la Facultad (https://matematicas.ucm.es/planes_itinerarios) las optativas de cada Grado o Doble Grado.

 

  • Alta en la Seguridad Social

La disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, así como la Disposición Adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, obliga a que todos los estudiantes de prácticas curriculares coticen a la Seguridad Social durante su periodo de prácticas a partir del 1 de enero de 2024. En base a esta normativa, desde el día 1 de enero de 2024, solo se aceptarán prácticas curriculares en empresa remuneradas, de forma que el cumplimiento del abono de la Seguridad Social corresponderá a la empresa receptora. Solamente en excepcionales casos de centros públicos se permitirá dar trámite a prácticas no remuneradas. En ese caso, para prácticas a nivel de Grado, la entidad receptora deberá hacer frente al pago de la Seguridad Social. Para prácticas a nivel de Máster, en tanto que son obligatorias, la UCM podrá hacer frente al pago si fuese necesario, pero la entidad deberá contactar con el Vicedecano de Relaciones Internacionales e Institucionales (vdmat.rriiii@ucm.es) para negociar las condiciones.

Las prácticas curriculares de enseñanza (en centros de enseñanza Secundaria o de Bachillerato) y las prácticas curriculares académicas (en la asignatura de Matemáticas Básicas), por su caracter estratégico, quedan excluídas de la mencionada obligación, y la UCM proveerá los medios para hacerse cargo de la Seguridad Social en la medida de lo posible. Adicionalmente, no se permiten prácticas extracurriculares sin remuneración, tanto si son de nueva creación como si son extensión de prácticas curriculares previas. Por este motivo, todas las prácticas extracurriculares deberán tener acompañada una ayuda económica.

Finalmente, si el estudiante que realiza las prácticas es mayor de 28 años tendría que hacerse, el propio estudiante, un seguro de accidentes.

 

  • ¿Es compatible la realización de prácticas con la recepción de la prestación o subsidio por desempleo?

Tal y como regula el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, "la prestación y el subsidio serán compatibles con la realización de prácticas formativas, prácticas académicas externas incluidas en programas de formación o programas de formación para el empleo".

 

  • ¿Qué debo hacer si sufro una baja laboral durante la realización de las prácticas?

Debido al tratamiento de la cotización a la Seguridad Social actualmente vigente, en caso de prácticas curriculares para las que la UCM se hace cargo del pago de la Seguridad Social, el estudiante deberá notificar de inmediato cualquier baja laboral o permiso que tenga lugar durante las prácticas. Para ello, deberá contactar con la Oficina de Prácticas Curriculares (practicasmat@ucm.es) adjuntando la pertinente documentación acreditativa. Asimismo, al producirse el alta o reincorporación, también deberá ponerlo en conocimiento de la Oficina de Prácticas Curriculares. Adicionalmente, si se trata de una baja por accidente laboral, el estudiante deberá acudir a FREMAP para supervisar su baja.

En el caso de estudiantes cuya cotización a la Seguridad Social corra a cargo de la entidad, deberán contactar únicamente con la entidad receptora de las prácticas para iniciar los trámites que allí se consideren pertinentes.

 

  • Simultaneidad de prácticas en distintas empresas

Será incompatible:

     - La realización de prácticas curriculares y extracurriculares en un mismo periodo de tiempo.

     - La realización de dos prácticas en dos entidades distintas durante un mismo período, excepto que se realicen en diferentes días de la semana, y no superen el número total de horas establecido. 

Sólo se pueden simultanear dos prácticas extracurriculares en diferentes empresas, si se hacen en días diferentes de la semana y si, entre ambas, no se supera la jornada máxima permitida. Durante el periodo lectivo habitualmente esta jornada es de 25 horas, sólo ampliables hasta 35 máximas, en función de la carga académica matriculada, pendiente o presencial que tenga el estudiante.

En cualquier caso, cada petición se valora individualmente una vez que la oferta está grabada y se analiza la situación del estudiante.

 

  • Prácticas de estudiantes en Departamentos de otra Facultad

Los estudiantes de la Facultad de Matemáticas pueden realizar prácticas curriculares en Departamentos de otras Facultades. Para ello, el Departamento de destino tiene que estar dado de alta en GIPE como una entidad y seguir todos los pasos como cualquier empresa.

 

  • Soy alumno/a del Doble Grado Matemáticas y Física, ¿puedo realizar prácticas curriculares?

El plan de estudios de este Doble Grado no contempla la asignatura de prácticas curriculares presente en el Grado en Matemáticas. Por ello, si un alumno/a de este Doble Grado quiere realizar prácticas en la Facultad de Matemáticas, deberán hacerlo mediante el formato de Prácticas Extracurriculares.

 

  • Solo me quedan las Prácticas Curriculares y el Trabajo de Fin de Grado para finalizar mi Grado, ¿qué debo hacer?

En caso de que hayas superado todas las asignaturas del Grado (salvo las Prácticas Curriculares y el TFG), de modo que no estés matriculado de ninguna asignatura en el curso actual, y quieras realizar prácticas, entonces excepcionalmente deberás estar matriculado de la asignatura de Prácticas Curriculares antes de la aceptación de tus prácticas para que puedas aparecer en la plataforma GIPE. No obstante, esta matrícula se realizará bajo la responsabilidad del estudiante, de modo que, si finalmente el estudiante no realiza prácticas durante el año académico, no será posible desmatricular la asignatura y, por tanto, la devolución de las tasas.

En caso de encontrarte en esta situación, por favor, envía un email a practicasmat@ucm.es indicando esta circunstancia y adjuntando un certificado académico actualizado.

 

  • ¿Puedo realizar prácticas estando en movilidad (ERASMUS/SICUE/TASSEP)?

En principio es sí, pero deberá evaluarse la situación. En el caso de los ERASMUS, existe el programa ERASMUS+ Prácticas para estudiantes salientes, pero no podrá realizarse simultáneamente con la movilidad ERASMUS, sino posteriormente. Para evaluar la situación, los estudiantes deberan ponerse en contacto con la Oficina Erasmus (erasmus@mat.ucm.es).

 

  • Soy estudiante de Doctorado, ¿puedo realizar prácticas?

No, los estudiantes de Doctorado no pueden realizar prácticas, ni curriculares ni extracurriculares. Su relación con una empresa debe ser a través de una estancia de Doctorado y, como tal, debe ser gestionada directamente con la Escuela de Doctorado.